Solicitud de uso de espacios expositivos del Cubo Espacio Joven (Pozuelo de Alarcón, Madrid)

La Concejalía de Juventud de Pozuelo (Madrid) tiene interés en potenciar el trabajo de los artistas, facilitando la difusión de sus obras, de forma que se hagan accesibles a los ciudadanos. Por ello, establece unas normas de uso que sirvan de instrumento básico para la organización y coordinación de los espacios que puedan ser susceptibles de ser utilizados para exponer los trabajos de estos artistas. 

 

Convocatoria Cubo Espacio Pozuelo Ayuntamiento de Pozuelo 2013

Imagen cortesía del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Bases

1. Los artistas

Podrán solicitar la exposición en estos espacios, todas las personas autoras de obras artísticas que tengan entre 14 y 30 años (ambos inclusive), españoles y/o extranjeros, empadronados y no empadronados en Pozuelo de Alarcón, de forma individual o colectiva, siempre que expongan temáticas de interés para la Juventud. En el caso de los menores de edad, estarán representados por su padre/madre o tutor.

No podrá ser solicitada a través de galerías, agentes o intermediarios.

2. Características de las obras y proyectos

La técnica y el formato serán libres: pintura, fotografía, estampación, serigrafía, etc.

El número de obras o montajes y sus dimensiones estarán en función de las características del espacio donde tenga lugar la exposición.

Las obras podrán estar enmarcadas o no; en el caso de que lo estén, en ningún caso podrán estar protegidas con cristal.

No se admitirán bajo ningún concepto aquellos trabajos con contenidos xenófobos, sexistas, violentos, ofensivos, malsonantes, incitadores al consumo de sustancias tóxicas, explícitamente sexuales así como cualquier otro contenido que transgreda la Ley.

3. Solicitudes, documentación y plazos

El artista o colectivo de artistas, con una antelación mínima de un mes, podrán presentar solicitud, mediante instancia en modelo normalizado, en el Registro General del Ayuntamiento, en la Concejalía de Juventud o en cualquiera de las formas y lugares previstos en el 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común. Deberá aportarse la siguiente documentación:

Fotocopia DNI.
Fotocopia DNI del tutor/a si el solicitante fuese menor de edad.
Historia profesional si la posee.
Relación de obras que integrarán la exposición, incluyendo título, medidas, técnica empleada, fecha de realización y material gráfico.
Archivo en formato electrónico que contenga imágenes de las obras a exponer.
Compromiso de aportación de una de las obras a exponer y determinación de cual, indicando las características de la misma que permitan su identificación.

Una vez finalizado el proceso selectivo al artista podrá solicitar le sea devuelta la documentación original que acompañó a su solicitud.

4. Órganos de selección y resolución

Los proyectos y obras recibidas serán sometidos al criterio de la Concejalía de Juventud, quien elaborará un informe en el que hará constar las solicitudes presentadas y de ellas, las que hayan sido seleccionadas.

5. Derechos y obligaciones del artista

El artista podrá utilizar de forma gratuita el espacio expositivo correspondiente, siendo el horario de visitas a las exposiciones el mismo que el del Cubo Espacio Joven.

En el momento de recepción de las obras, se verificará, por parte del personal de la Concejalía el estado de conservación en el que se encuentren las obras, anotándose en un libro de registro las incidencias que sea necesario reseñar.

El artista se compromete a cumplir las fechas y horarios de montaje y desmontaje que se le hayan asignado. Las obras serán entregadas y retiradas por el artista en el espacio expositivo correspondiente, corriendo el transporte por su cuenta. Si en cualquiera de los dos supuestos anteriormente mencionados no cumpliese con su obligación, será sancionado a no presentar solicitud de exposición durante el plazo de un año natural.

La Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, no responderá de los deterioros que puedan producirse en accidentes, robo, incendio, etc., que puedan determinar la destrucción total o parcial de las obras. El artista se responsabilizará de su obra y de los desperfectos que pueda sufrir tanto en el periodo que dure la exposición como en el transporte. El autor podrá contratar por su cuenta la clase de seguro que ampare los riesgos aludidos anteriormente.

El artista eximirá totalmente al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de cualquier responsabilidad por las circunstancias y vicisitudes que incidiesen en el desarrollo de la actividad a realizar, renunciando expresamente al ejercicio de las acciones que pudieran caberle, inclusive, si se diera el caso, al resarcimiento por daños y perjuicios.

El artista podrá utilizar durante el periodo de exposición aquellos materiales no fungibles que sean de uso normal, no se podrán realizar taladros ni utilizar clavos u otros métodos de sujeción que no hayan sido facilitados por la concejalía de Juventud, en cualquier caso, será necesario el consentimiento expreso de la Concejalía.

Concluida la exposición, tanto el espacio utilizado, como los materiales facilitados para la exposición, deberán quedar en las mismas condiciones que cuando se cedieron, responsabilizándose el artista de cuantos deterioros ocasione el montaje y desmontaje de la obra.

Está terminantemente prohibida la venta de obras durante el periodo que dure la exposición.

El artista previo acuerdo con la Concejalía donará una de las obras expuestas, que se integrará en el Patrimonio Municipal.

La Concejalía podrá realizar folleto de mano de la exposición, de acuerdo con el artista.

La Concejalía de Juventud podrá, si así lo considera, reproducir y comunicar al público con una finalidad promocional la exposición. Así mismo, las obras, se podrán publicar en las direcciones (URL) propias de la entidad antes mencionada con una finalidad no comercial y mientras se haga difusión de la exposición en las respectivas web. En todos los casos antes mencionados se consignará el nombre de los autores y autoras de las obras. La autorización contemplada en este apartado no generará retribución alguna, habida cuenta que la finalidad de la reproducción, distribución y comunicación al público de los proyectos se basa en la difusión y promoción de la exposición, de las obras y de sus autores/as.

6. Plazo de exhibición

La Concejalía de Juventud notificará al artista las fechas de la exposición, siendo su duración como máximo de dos meses y como mínimo de dos semanas, comunicándole el espacio expositivo adjudicado para la exposición de su obra.

Las exposiciones realizadas se insertarán en la programación de la Concejalía de Juventud.

Los usuarios de este servicio aceptarán por escrito la totalidad del contenido de las presentes normas, su incumplimiento supondrá el cese inmediato de la autorización para la utilización de la Sala de Exposiciones.

* Queda garantizado el correcto tratamiento de la documentación aportada y de los datos facilitados de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de carácter personal (L.O.P.D.)

Fuente: Ayuntamiento de Pozuelo

 

Convocatoria: Solicitud de uso de espacios expositivos del Cubo Espacio Joven
Convoca: Concejalía de Juventud de Pozuelo
Dotación: Espacio expositivo en Cubo Espacio Joven
Fecha límite: 31 de diciembre de 2013
Más información: http://bit.ly/17G76ev

 

 
 
 

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