Abierta la convocatoria de la Fundación Antonio Gala para jóvenes creadores 2012/2013

La Fundación Antonio Gala para Jóvenes Creadores, en el marco del proyecto «Convivir en el arte«, presentado al Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España-Portugal 2007-2013, junto con la Universidad de Salamanca, la Fundaçâo Robinson, la Fundaçâo Eugénio de Almeida y el Centro de Estudios Ibéricos, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, hace pública la XI Convocatoria de plazas para estimular y promover la creación, que se regirá de acuerdo a las siguientes bases.

Fundación Antonio GalaCortesía Fundación Antonio Gala

BASES:

1. La finalidad de la presente convocatoria es apoyar y promover la labor creativa de jóvenes artistas en diferentes modalidades. Estas becas tienen como propósito principal la convivencia entre distintas ramas del mundo del arte y la cultura, fomentando así el enriquecimiento mutuo; es decir, la fecundación cruzada: soporte, esencia y fin de la Fundación Antonio Gala para Jóvenes Creadores.

2. El objetivo es facilitar a jóvenes de prometedora trayectoria en sus respectivas disciplinas (literatura, música, pintura, escultura, cine…), el desarrollo de un proyecto de creación durante el curso académico 2012-2013.

3. La Fundación Antonio Gala para Jóvenes Creadores, en adelante la Fundación, convoca para este mismo periodo una plaza extraordinaria, destinada a la investigaciónsobre algún aspecto concreto de la obra y figura de Antonio Gala.

4. Podrán optar creadores e investigadores de cualquier nacionalidad, con el requisito imprescindible de hablar español y tener entre 18 y 25 años, ambos inclusive el último día del plazo de esta convocatoria.

5. La beca incluye la estancia en la sede de la Fundación (Córdoba, España) de octubre de 2012 hasta junio de 2013, con la excepción de dos semanas durante el periodo navideño (diciembre-enero) en que permanecerá cerrada.

6. Durante el curso, los residentes se dedicarán exclusivamente al desarrollo del proyecto por el que fueron elegidos, y deberán, salvo causa excepcional y justificada, permanecer en la sede de la Fundación.

7. Los residentes llevarán a cabo su proyecto sin profesores ni tutores especializados. Sin embargo, eventualmente recibirán el apoyo de mentores de reconocido prestigio en las distintas áreas de la creación.

8. El alojamiento y la manutención, así como el material y los espacios necesarios para que los residentes puedan desarrollar su labor creativa, correrán a cargo de la Fundación. El límite económico dedicado a material de trabajo de cada residente lo fijará el Patronato de la Fundación en función de la disponibilidad presupuestaria.

9. La Fundación efectuará un seguimiento del cumplimiento de los objetivos de la beca, del desarrollo de cada proyecto y de las obligaciones de los beneficiarios relacionadas con su vida en la Fundación, y por ello se reserva el derecho de cancelar la beca a cualquier residente en el caso de que no se estén cumpliendo dichos objetivos y obligaciones.

10. Las plazas convocadas son dieciocho (18), aunque la Fundación se reserva el derecho a adjudicarlas todas o solo parte de ellas.

11. Los solicitantes no podrán presentarse a más de un campo de creación y, para ello, aportarán la siguiente documentación:

Ficha de inscripción debidamente cumplimentada.
Currículum artístico.
Certificación académica en el caso de los músicos.
Fotocopia de algún documento oficial de identidad (DNI, pasaporte o similar).
Proyecto, en el que se hará constar el planteamiento general o desarrollo de su trabajo.
Documentación que crea necesaria para avalar su labor creativa.
Sobre con el franqueo correspondiente en caso de solicitar la devolución de la documentación.

Se valorará la presentación de cartas de referencia, bien de profesores universitarios o personas elegidas por su relación académica o profesional, los cuales deberán entregar los originales al solicitante en un sobre cerrado, que se adjuntará al resto de documentación.

La documentación será presentada en papel impreso (preferentemente mecanografiado en DIN A-4 a doble espacio), salvo aquella que por su naturaleza requiera otro tipo de soporte.

La documentación deberá ser remitida por correo postal -y con la siguiente indicación- a la dirección:

«Convocatoria de ayudas a la creación 2012-2013»
Fundación Antonio Gala para Jóvenes Creadores
C/ Ambrosio de Morales, nº 20. 14003 Córdoba

12. El plazo de presentación de solicitudes quedará abierto desde el 24 de marzo hasta el 25 de mayo de 2012.

13. La Fundación pondrá la máxima atención en el cuidado de la documentación recibida, pero declina toda responsabilidad por extravíos, daños, robos o cualquier otro acto ajeno a su voluntad que se puedan producir durante su transporte, recepción, depósito o devolución.

14. Transcurridos tres meses desde la publicación de la lista definitiva de los seleccionados se procederá a la destrucción de los documentos que no hayan sido requeridos.

15. La selección de los candidatos y la entrevista final serán realizadas por miembros del Patronato de la Fundación, expertos en las distintas áreas de creación, entre el 20 de junio y el 15 de julio de 2012.

16. La relación definitiva de seleccionados aparecerá publicada en la página web de la fundación a lo largo del mes de julio de 2012.

17. Los beneficiarios de la beca deberán firmar un compromiso en el que se recoge el reglamento de la Fundación que incluye el uso de las instalaciones, materiales y las normas de convivencia.

18. La participación en esta Convocatoria implica la aceptación de todas y cada una de sus bases.

Más información: http://www.fundacionantoniogala.org/bases.php

 
 
 

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